lunes, 27 de septiembre de 2010

4TO AÑO: OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

8ava SESIÓN: OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Los "tributos'' son ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincule en el deber de contribuir. Su fin primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su posibilidad de vinculación a otros fines. En la mayoría de los sistemas impositivos estatales se distinguen al menos tres figuras tributarias: el impuesto, la tasa y la contribución especial.
El impuesto es una clase de tributo en favor del acreedor tributario, regido por derecho público. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de solidaridad. Son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar el estado. Sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc. Estos pueden ser: Impuesto directo o imposición directa que grava directamente las fuentes de riqueza, la propiedad o la renta, sobre el patrimonio, el impuesto de sucesiones, la contribución rústica y urbana (o impuesto sobre bienes inmuebles), los impuestos sobre la posesión.
Impuesto indirecto o imposición indirecta es el impuesto que grava el consumo. Su nombre radica en que no afecta de manera directa los ingresos de un contribuyente sino que recae sobre el costo de algún producto o mercancía. El impuesto indirecto más importante es el impuesto al valor agregado o IVA el cual constituye una parte importante de los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Las contribuciones especiales o de mejora, son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de beneficio o aumento de valor de sus bienes a consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.
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