9na SESIÓN: REGÍMEN LABORAL
Son las condiciones morales, económicas y legales que protegen a las empresas y a los que en ella trabajan. Esta garantizado por el respectivo marco legal que los gobiernos y estados norman para las buenas condiciones de trabajo, bajo estándares que establece la Organización Internacional de Trabajo. Los requerimientos mínimos de salud y seguridad en las condiciones de trabajo suelen estar tipificados en el Derecho Penal o el Derecho Civil, suele considerarse que sin la presión legal las organizaciones podrían no sentirse obligadas a afrontar los costos de mejorar las condiciones de trabajo sólo por las razones morales o de ganancia a largo plazo. Reconociendo la infinidad de actividades empresariales y la variedad de ocupaciones, existen regímenes laborales para cada una de ellas, teniendo por ejemplo: régimen laboral de la agricultura, de la minería, de la industria, de la administración pública, del profesor, del policía, etc.
Sin embargo los considerandos básicos que se indican en cada régimen laboral son entre otros: Remuneración, jornada de trabajo, horario de trabajo, descanso semanal obligatorio, trabajo en sobre tiempo, descanso vacacional, despido injustificado, seguro social de salud, régimen pensionario, pagos indemnizatorios. En términos no diferenciados para las diversas ocupaciones, en el Perú actualmente coexisten dos regímenes laborales; Régimen Laboral General del D.S. Nº 003-97-TR (T.U.O Decreto Legislativo 728) y el llamado Régimen Laboral Especial se inicio el 04 de julio del 2003 y termina el 03 de julio del 2013. Es de aplicación para los trabajadores nuevos y para aquellos a quienes recién se los va a incorporar a la planilla. Es un Régimen Laboral creado por la Ley Nº 28015 que promueve la formalización y desarrollo de las MICROEMPRESAS, facilita el acceso a los derechos laborales y de seguridad social tanto a los trabajadores como a los empleadores. Estos regímenes fijan entre otros aspectos la remuneración mínima vital (550 Nuevos soles Mensuales), la jornada ordinaria de trabajo (8 horas diarias, 48 horas semanales como máximo), el descanso semanal obligatorio (24 horas consecutivas como mínimo), descanso vacacional anual (15 días como mínimo), inscripción al Seguro Social de Salud, protección al despido injustificado.
TAREA: INDIQUE LOS REGÍMENES PENSIONARIOS VIGENTES EN EL PERU.
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